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Perfil de emadeloc

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Comentarios enviados

#26 @hisui Pues si eso es así es una injusticia. Pero muy alto ha de ser el cargo ese del ayuntamiento para influir en la construcción de una carretera que depende del ministerio de fomento...
De todas formas, ¿qué me quieres decir? Yo he puesto el ejemplo de la expropiación por la indemnización a los cazadores. En unos casos será justa o injusta. Quizá le paguen 4 perras a los dueños del coto de caza o quizá un pastizal, pero hay que pagarles y no es cosa del PP puesto que el PSOE en su ley también lo puso así.
Me ha entrado curiosidad por tu caso. ¿Me puedes dar más datos como la localidad?
4
#13 @badumchas Si te lees la ley actual, la del 2007, con el anteproyecto que se esta debatiendo y vas comparando artículos, verás que muchos son muy parecidos si no iguales. Por ejemplo el art. 11 del 2007 y el 9 del anteproyecto son prácticamente iguales, y ambos prohíben la creación de urbanizaciones dentro de un parque natural. ¡Vaya! Si el video da a entender lo contrario. ¿Cómo es que la ley del PSOE no es especulativa y la del PP si, si tienen artículos iguales?
De los medios uno se puede fiar hasta cierto punto, pero hay que tener en cuenta que, como en este video, dan la opinión de gente en contra del partido y/o de la ley por x motivo, y lo que digan se verá sesgado por ello.
0
#14 @ermisterpau Yo personalmente me he leído la constitución, y sin saberla al detalle, conozco cosas que mucha gente desconoce como que con el 10% de diputados cualquier reforma constitucional se puede someter a referéndum (van dos y nadie pidió reforma).
3
#10 @costo Costo, déjalo, es inútil. Interpreta lo que ocurre: facilitas información y te votan negativo, y aún en #9 está orgulloso de no querer informarse, aunque sea echar un vistazo.
Como bien dices, así esta el país...
0
#4 @ermisterpau La indemnización es como cuando te pagan por el terreno que te quitan cuando construyen una carretera: se ha asentado un derecho histórico para que finca tenga permiso para realizar la caza. Al meter la finca en un parque protegido y prohibir la caza, esta quitándole el negocio al propietario.
Estas indemnizaciones están recogidas en la ley de parques del 2007 del PSOE en la disposición adicional quinta:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l5-2007.cpt3.html#cpda5
3
#2 @prankster #4 @javi25spain En inglés dice "aug-de-mented reality", que vendría a ser "realidad au-de-mentada" o "realidad demente aumentada". Un juego de palabras.
En el título no ha quedado bien plasmado.
6
#39 @hipoxia78 Bueno, tenemos a las unidades especiales como los GEOs o la UCO que se enfrentan a mafias de narcotraficantes o de organizaciones criminales internacionales y realmente necesitan mantener su identidad en secreto por su propia seguridad y la de su familia.
Tú has confundido "seguridad" con el policía cabrón que hace algo mal y luego quiere tapar sus vergüenzas. Ese no esta amparado por ninguna ley de seguridad ciudadana o cualquier otra. Lo he dicho así y la noticia de #28 así lo expresa.
No sé por qué os poneis con el caso generalista en que todos los policías no os dejaran grabar. Hay muchos agentes honrados que están metiendo corruptos en la cárcel y salvando vidas, no todos son malos.
0
#32 @andresbaga Yo no he dicho en ningún momento que la sentencia se dicte bajo la futura ley, pero ya que mencionas la antigua y declaras que el marco cambiará por completo, la nueva ley recogerá en el art. 17.1 que las FSE podrán ocupar objetos que se puedan usar para un fin ilegal. Ese mismo párrafo está tal cual en el art. 19.1 de la aún vigente ley de seguridad ciudadana 1/1992 y es la misma por la que se ha amparado algunas intervenciones de cámaras o móviles de particulares, nunca de medios de comunicación.
La nueva ley solo añade la sanción a un uso específico de las imágenes captadas.
Si el párrafo es el mismo, ¿dónde esta el cambio de marco legal completo?
1
#31 @andresbaga Vaya, haces esa pregunta con malicia y luego te cabreas por el comentario que te hacen en #33. ¿A que jode que te asignen opiniones que no tienes? Karma instantáneo.

#30 @andresbaga Me parece estupendo que hayas estudiado leyes y por tanto en cuanto a jurisprudencia del Tribunal Supremo, te pido que me aclares una duda: ¿la doctrina del "riesgo futuro" se trató en la sala de lo penal o en la del contencioso-administrativo?
Porque con todo lo que has dicho, un policía podría actuar cuando le diese la gana "para evitar un riesgo futuro". Por ejemplo, en las zonas de estacionamiento limitado el policía te puede multar aunque pongas ticket "por el inminente riesgo futuro a que estés aparcado fuera de horario".
0
Es curioso, pero nadie menciona el artículo 35.16 que permitirá sancionar a los que lleven banderas nazis o fascistas o que hagan apología de cualquiera de ambos.
No se si nadie la menciona por desconocimiento o por aprobación.
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#25 @andresbaga En el caso que dices hay más funcionarios aparte de la policía, ya de por si cuentas con garantías procesales. Pero lo mismo de #27, no te puede obligar a parar NADA, todos los casos que tú pones es retorcer los supuestos y la ley para ponerse en lo peor.
Además eso de "parar de grabar porque le sale de los huevos" no esta amparado judicialmente de ninguna manera. No lo digo yo, lo dicen los jueces:
http://www.abc.es/espana/20140421/abci-grabar-policias-201404211550.html
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#24 @andresbaga La doctrina del Tribunal Supremo me apuesto lo que quieras a que se refiere a delitos, y esta ley trata sanciones administrativas.
Además una captación de una imagen no supone un riesgo futuro e inmediato de la seguridad personal o familiar de un agente que justifique el impedimento de la grabación. Y en caso de que el policía este actuando en una operación que lo ponga en riesgo, ha de ponerse un pasamontañas, no vigilar quien lo graba.
Como citas, "en el ejercicio de sus funciones". Un desalojo de una concentración ilegal es una función del policía, parar una grabación no lo es.
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#21 @bjblackcat A ver, ¿me respondes sin leer todo el comentario?
En el documento-resumen del anteproyecto y en mi comentario ponen "sin menoscabo del derecho fundamental a la información". En el anteproyecto completo que aparece en #15, en el artículo 36.3 se puede leer "sin menoscabo, en todo caso, del derecho constitucional a la
información".
Eso significa que basta que lo grabe un medio de comunicación, cualquier medio, para que ese medio tenga todo el derecho publicarlo si lo considera relevante.
Incluso la grabación de aquel policía local que ponía verde a un ciudadano que se hizo a escondidas tendría garantía para ser publicado, puesto que su contenido es relevante para ser publicado por un medio de comunicación.
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#20 @emadeloc Por lo tanto si un policía te pone de excusa eso para impedirte grabar, esta actuando MAL. Y si pone en la denuncia que el motivo es el USO que ibas a darle a la grabación lo que hará es dejarse en evidencia, puesto que un juez le tumbará a la primera ese argumento porque son los HECHOS lo que conllevan sanciones y no las PRESUNCIONES o POSIBILIDADES futuras que aún no se han cometido.
-1
#15 @andresbaga Como fotógrafo y entendido en lo que mi derecho a fotografiar y las leyes de privacidad me dejan hacer: un ejemplo: Yo puedo hacer las fotos en la calle que quiera EXCEPTO hacia el interior de domicilios particulares sin su permiso y en zonas de seguridad como edificios del ejercito, la policía, zonas de restricción aeroportuaria, etc sin autorización previa. Eso la parte de TOMAR la foto. Luego puedo publicar todo lo que haya podido fotografiar anteriormente EXCEPTO las fotos de personas que se les identifique, sean prominentes en la foto y yo no tenga su autorización expresa a publicar dicha foto. Eso es la parte de PUBLICAR.
La ley no prohíbe la parte de TOMAR, prohíbe la PUBLICACIÓN con una intención concreta.
(sigue)
2
#12 @andresbaga De nuevo a lo mismo: es el USO para revelar la identidad del policía o su familia, seguridad de instalaciones u operaciones policiales.
Estáis cogiendo los conceptos equivocadamente. Una cosa es el hecho cometido, que es el uso que he dicho antes, y otra MUY DISTINTA lo que se vaya a hacer con una grabación.
De hecho tú mismo has mezclado un juicio con la actuación policial. Nunca un policía te puede detener o confiscar nada por algo que QUIZÁ hagas, excepto caso flagrante de delito como agredir a alguien. El hecho de grabar en la vía pública no es delito, colgar en internet un video de un policía que no haga nada con la intención de señalarlo a él o su familia si es sancionable.
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#8 @skull110 Pero vamos a ver... ¿Yo escribo en chino?
Se sanciona EL USO. EL USO, NO LA GRABACIÓN. De toda la vida se puede grabar en la vía pública lo que te de la gana y el policía que lo prohíba hace mal. Pero si USAS un video o una foto que arriesgue la seguridad de un policía TE SANCIONAN. EL USO, QUE NO LA GRABACIÓN. ¿Sabes la diferencia entre "usar" y "grabar" o te perdiste la clase de párvulos?
Además la propia ley dice "sin menoscabo del derecho fundamental a la información". Si un policía arrea una hostia a alguien y se graba, se puede emitir hasta de anuncio en el cine porque la gente tiene derecho a verlo.
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#3 @donlamen Quiero aclarar una cosa que dicen en el video de forma errónea.
En el video dicen "no se puede grabar la acción de un policía". Bueno el proyecto dice "el uso de imágenes o datos que arriesguen la seguridad del policía, su familia, instalaciones u operaciones". Se sanciona el uso, no la grabación, por ejemplo las fotografías de policías colgadas en Gibraltar para amedrentar a los agentes o ponerlos en la diana de grupos radicales (la Kale Borroka lo hacia). Esto va en consonancia con las leyes de la privacidad y el derecho de información ya vigentes, en que puedes grabar lo que sea en la via pública y publicarlo con autorización o si su contenido es tiene interés informativo.
No confundir el grabar con el uso que se le va a hacer.
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#5 @costo Usan un circuito programable llamado arduino, le pasan un archivo MIDI (partitura digital estándar para conectar instrumentos musicales electrónicos) con la canción y él solo descodifica la partitura en posiciones del cabezal que producen las notas.
Bueno, lo hace "él solo" porque un par de frikis se curraron el código para que lo hiciera.
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#63 @toneti_bah En Baleares aún hay alguna excepción como el president Matas (PP) que se va unos meses a la cárcel y aun tiene causas pendientes. O la presidenta del Consell de Mallorca Munar, que cumple condena.
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